Línea ICO-Turismo 2010

Línea de Mediación ICO-TURISMO TRAMO PÚBLICO 2010 para la financiación de los planes de renovación y modernización integral de destinos turísticos maduros.

Finalidad: Esta Línea de financiación tiene como objetivo la financiación de los planes de renovación y modernización de destinos turísticos maduros, que se desarrollen paralelamente por las administraciones locales y por las empresas turísticas privadas.

Vigencia: Hasta el 20 de diciembre de 2010, o hasta el agotamiento de los fondos de la Línea, si este hecho es anterior.

Ámbito territorial: Localidades que se consideren destinos turísticos maduros, entendiendo por tales los que cumplan con, al menos, tres de las siguientes características:

a) Sobrecarga urbanística y ambiental.
b) Sobreexplotación de recursos.
c) Obsolescencia de sus equipamientos turísticos.
d) Escasa inversión del sector turístico privado.
e) Oferta y demanda turística estabilizada o decreciente.

Recursos disponibles: 200 millones de euros.

Clientes: Podrán ser clientes:

a) Las Entidades locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales locales y las sociedades mercantiles locales, situadas en el ámbito de aplicación anteriormente citado.

b) Los consorcios o entidades constituidas para ejecutar proyectos que se desarrollen en el marco de un Plan de Reconversión o Modernización Integral de un destino turístico maduro, en las cuales participe la Administración General del Estado junto con otra u otras Administraciones Públicas o Entidades Públicas o Privadas.

Características de la Línea:

Inversiones Financiables:

Serán financiables aquellos proyectos orientados a la reforma o rehabilitación de los equipamientos turísticos o los entornos urbanos y naturales del destino, los cuales podrán contener una o varias de las siguientes actuaciones.

a. Construcción, ampliación, renovación, o remodelación de infraestructuras públicas municipales.

b. Instalación, sustitución o reparación de equipamientos turísticos.

c. Establecimiento, ampliación o mejora de servicios públicos municipales que mejoren la oferta turística.

d. Inversiones dirigidas a recuperar la calidad ambiental y paisajística de los destinos y a reducir la densidad urbanística de las zonas turísticas, así como las que faciliten la modernización de los destinos turísticos.

La financiación sólo se podrá materializar a través de préstamos.

No serán financiables:

• Gastos corrientes.
• Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones.
• Proyectos ya ejecutados.

La inversión no podrá haberse comenzado antes de la solicitud de financiación a la Entidad de Crédito y ésta deberá haberse materializado en su totalidad en un plazo máximo de CUATRO (4) años, desde la fecha de firma del CONTRATO SUBSIDIARIO con la Entidad de Crédito Mediadora.

Importe máximo por cliente y año:

– Cuando se trate de Entidades Locales enumeradas en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen local, organismos autónomos locales, entidades públicas empresariales y sociedades mercantiles locales:

Hasta el 100% de la inversión financiable, con un límite máximo de 6 millones de euros y mínimo de 300.000 euros.

– Cuando se trate de Consorcios o entidades constituidas para ejecutar proyectos que se desarrollen en el marco de un Plan de reconversión o modernización integral de un destino turístico maduro, en las cuales participe la Administración General del Estado, junto con otra u otras Administraciones Públicas o Entidades Públicas o Privadas:

Los préstamos podrán alcanzar la cuantía de hasta 25 millones de euros.

Plazo de amortización: El plazo de las operaciones será: 15 años con 5 años de carencia de principal

Tipo de interés

Tipo de interés del beneficiario final: Fijo al 0,50%.

Cancelación anticipada voluntaria

No conllevará penalización.

Comisiones: Las Entidades de Crédito no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de comisiones (tales como comisión de apertura, comisión de estudio, comisión de disponibilidad, etc.).

Tramitación y plazos: El plazo para la presentación de las solicitudes por parte de los interesados en las Entidades de Crédito, finaliza en la fecha límite que establezca la convocatoria de cada CCAA.

La fecha límite para la aceptación o rechazo de las Solicitudes por las Entidades de Crédito, será el lunes 15 de noviembre de 2010, inclusive.

En caso de aceptación de las solicitudes por las Entidades de Crédito, éstas remitirán al ICO la solicitud con fecha límite de 20 de noviembre.

El ICO, recibida las correspondientes Solicitudes de las Entidades de Crédito, procederá, y en todo caso antes del 25 de noviembre, a su remisión a los órganos competentes de las Comunidades o Ciudades Autónomas, remitiendo copia de dicha documentación a la Secretaría de Estado de Turismo.

Las Comunidades o Ciudades Autónomas deberán remitir sus respectivas propuestas de resolución, a la Secretaría de Estado de Turismo, hasta el 30 de noviembre de 2010 inclusive.

La fecha límite para la formalización de los préstamos es, en todo caso, el 20 de diciembre 2010.

Documentación:

Las solicitudes deberán presentarse por triplicado, original y dos copias, de acuerdo con el Modelo normalizado de cada convocatoria, junto con la documentación que en el mismo se detalla.

Estos modelos normalizados recabarán de las entidades interesadas su consentimiento para que se ceda al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio información de otras administraciones públicas que acredite estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Asimismo, se deberá acreditar estar al corriente con los compromisos de pago que tengan contraídos con el ICO y con la Administración General del Estado por cualquier concepto.

Toda la documentación, tanto relativa al proyecto para el que se solicita financiación, como la justificativa de las inversiones realizadas o a realizar por el sector turístico privado (puntos 4 y 5 del Anexo I), se presentarán por triplicado ejemplar (en tres CDs o Pen-drives) en los que se incluyan digitalizados todos los documentos, junto con un índice de los mismos.

Garantías: Cada entidad de Crédito analiza la solicitud del préstamo y, en función de la solvencia del solicitante y de la viabilidad del proyecto de inversión, determina las garantías a aportar.


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